DEVOLUCION DE LAS MULTAS IMPUESTAS DURANTE LOS ESTADOS DE ALARMA COVID- 19.

Si durante el primer o segundo estado de alarma fue sancionado por causa relacionada a las medidas extraordinarias implantadas por el gobierno para que no se propagara el COVID-19, si la ha abonado puede reclamar su devolución; pero si por el contrario, no la ha abonado debe de solicitar la anulación del expediente sancionador.

Tras el fallo del Tribunal Constitucional declarando inconstitucional tanto el primer estado de alarma, como el segundo estado de alarma, da paso las reclamaciones de las cantidades abonadas por los ciudadanos.

El plazo para poder reclamar la devolución de las cantidades abonadas es de 1 año desde la declaración de inconstitucional del estado de alarma.

Para poder llevar a cabo este proceso con éxito, es recomendable acudir con un abogado que pueda asesorarte y ayudarte con todos los trámites necesarios. En Defense Abogado, como Abogado especialista en Derecho Administrativo en Mazarrón, podremos ayudarte a tramitar tu reclamación si has sido sancionado por causa relacionada a las medidas extraordinarias implantadas por el gobierno para que no se propagara el COVID-19 durante el primer o segundo estado de alarma.

Defense Abogado, estamos aquí para ayudarte.

                        Irene Rosales Antequera.
Abogada.

Published On: noviembre 1st, 2021 / Categories: Civil /

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